Firmar un contrato de alquiler no es un trámite anecdótico. Te mostramos algunas de las cláusulas que nunca deberías aceptar para evitar que tu vida se convierta en un infierno.
- El propietario se compromete a subsanar las averías no atribuibles al inquilino. El propietario se reserva el derecho a atribuir al inquilino las averías no atribuibles al inquilino.
- El inquilino entregará al propietario a uno de sus hijos y/o cualquier otro ser querido en concepto de fianza. En caso de que el inmueble haya sufrido desperfectos a la finalización del contrato, el familiar entregado como fianza pagará con sus órganos las reparaciones requeridas.
- Aunque sea el inquilino el que pague el alquiler, será el propietario quien haga uso y disfrute del inmueble por ser éste de su propiedad.
- Además de pagar el alquiler y los gastos, el inquilino se compromete a entregar su alma al propietario, en adelante EL DIABLO. El incumplimiento de estos pagos acarreará mal de ojo, cuatro velas negras y dolor infinito.
- No se admiten mascotas en el inmueble. Tampoco seres mortales, tales como humanos u otros organismos de existencia finita.
- El inquilino acepta, por la presente, casarse por la Iglesia con la hija solterona de cuarenta y ocho años del propietario.
- El inquilino no abrirá bajo ningún concepto el armario del que se desprende un misterioso olor a cadáver y, en caso de registro policial, asumirá toda responsabilidad.
- El inquilino bajará al bar de abajo –de nombre “Los pintxos”- a hacer sus necesidades para no provocar el deterioro del baño recién reformado.
- El inquilino acepta viajar a Colombia cada tres meses y traer cierta mercancía para el propietario. Allí ya le explicarán cómo ha de traerla hasta España.
- En caso de incumplimiento de contrato, el inquilino aparecerá muerto en el Manzanares en el plazo de tres días naturales.